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4 de noviembre de 2023

No hubo modificación relevante, Alak será el nuevo intendente de la ciudad de La Plata

los magistrados plantearon que “de los resultados obtenidos luego del proceso de recuento, no se produjo ninguna modificación jurídicamente relevante para la categoría a intendente” respecto de los números que se habían expresado durante el escrutinio provisorio.-

A casi dos semanas de las elecciones, La Plata sabe quién será su intendente desde el 10 de diciembre. La Junta Electoral anunció en horas de la madrugada que el ministro de Justicia bonaerense Julio Alak (Unión por la Patria) triunfó en las elecciones y rechazó la solicitud del actual jefe comunal Julio Garro (Juntos por el Cambio) para que se abran la totalidad de las urnas: “Ese pedido pone en tela de juicio la transparencia de los procesos electorales”. De todos modos, Garro anunció que apelará el fallo que desde su espacio califican de “infundado” ante la Cámara Nacional Electoral.  

De este modo, Alak -que ya fue jefe comunal de la capital bonaerense en cuatro períodos, además de ministro de Justicia nacional y presidente de Aerolíneas Argentinas- será desde el 10 de diciembre el nuevo intendente de La Plata al haberse impuesto por 606 votos sobre Garro.

En la suma de sufragios de votos de nativos y extranjeros Alak sumó 166.479 y Garro 165.873.

“No hubo modificación relevante”

En una resolución firmada por los jueces Roberto Lemos Arias, Sergio Torres y Alejo Ramos Padilla se definió que pese al recuento de 79 urnas efectuado ayer jueves no se modificó el resultado.

El acto de apertura de urnas se llevó a cabo entre las 8 de la mañana y las 17 en el edificio del el Juzgado Federal Electoral N°1 ubicado en 8 y 50, en presencia de los funcionarios judiciales que integran la Junta Electoral y apoderados de ambos partidos.

Por la tarde, y tras conocerse que Garro había descontado unos 300 votos a Alak, el actual intendente pidió reabrir las 1.574 urnas de la ciudad y revisar cada voto platense.

Respecto de ese pedido, en la resolución se argumentó que el plazo para solicitarlo había vencido a las 18 del pasado martes 31 de octubre.

A la vez, los magistrados plantearon que “de los resultados obtenidos luego del proceso de recuento, no se produjo ninguna modificación jurídicamente relevante para la categoría a intendente” respecto de los números que se habían expresado durante el escrutinio provisorio.

Aclararon los funcionarios judiciales que si bien durante el transcurso del escrutinio se encontraron dos urnas en cuyo interior no existían boletas de ningún partido, sí se hallaban las actas, que estaban debidamente firmadas por las autoridades de mesa y por todos los fiscales partidarios, “sin ningún tipo de observación, enmienda, ni tachadura”.

“Al confrontar esas actas, las mismas coincidían con los originales que se habían llevado las distintas fuerzas políticas el día de la elección”, se puntualizó y se indicó que por ello se rechazó el pedido de Juntos de declarar la nulidad de esas dos urnas.

“La Cámara Nacional Electoral, desde hace más de 30 años, ha construido una jurisprudencia mediante la cual interpreta que si existen las actas, aun con el faltante de boletas, la urna es válida”, subrayaron los jueces.

 

 

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