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16 de junio de 2025

Pesada mochila: una familia tipo destina el 50% de sus ingresos a pagar impuestos

Según un estudio de IARAF, los trabajadores dedican en promedio 180 días del año a pagar impuestos nacionales, provinciales y municipales.-

La carga tributaria formal en Argentina sigue siendo una pesada mochila para las familias asalariadas. Un nuevo estudio del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) estimó que, en 2025, la presión impositiva sobre los ingresos y el consumo de los trabajadores alcanza entre el 47,3% y el 49,9% del ingreso anual, dependiendo del nivel salarial. Es decir, el Estado (nacional, provincial y municipal) se queda, a través de impuestos, con aproximadamente la mitad de lo que producen los trabajadores en un año.

De acuerdo al informe titulado “¿A cuánto asciende la carga tributaria formal sobre una familia asalariada argentina?”, una persona trabajadora recién entre el 22 de junio y el 1° de julio -según el nivel de ingresos del hogar- comienza a trabajar “para sí mismo”: es el llamado “Día de la Independencia Tributaria”.

El informe analizó perfiles de familias asalariadas (de cuatro integrantes) con diferentes niveles de ingreso y hábitos de consumo. A pesar de que entre el caso más bajo y el más alto hay una diferencia de ingresos del 360%, la carga tributaria integral apenas varía: todos aportan al fisco cerca de la mitad de sus ingresos totales.

El “caso 1″ tiene un ingreso bruto de $1.550.000, el “caso 2″ de $3.380.000, el “caso 3″ de $4.950.000 y el “caso 4″ presenta a una familia con un ingreso bruto que percibe $7.100.000 por mes, siempre antes de descuentos.

“Los ingresos supuestos para cada caso se consideran generados por un solo miembro de la familia, el cual se desempeña como un trabajador asalariado en el sector formal de la economía. Dicho ingreso bruto mensual incluye el SAC (sueldo anual complementario o aguinaldo) proporcional”, explicaron los especialistas que elaboraron el informe. “Además, para cada caso se consideran diferentes configuraciones de propiedad inmobiliaria y de automotores”, indicó el informe.

En términos generales, la carga tributaria formal integral promedio es del orden del 50% del ingreso total considerado para los cuatro casos. Un resultado llamativo es que tanto el segundo caso como el tercero tienen una carga tributaria inferior al primero, que es el de menor ingreso total. Es decir, que a pesar de que el primer nivel de ingreso no tributa el impuesto a las ganancias, soporta una carga tributaria mayor que la de los dos estratos subsiguientes.

Desagregando la carga tributaria por tipo de tributo, se aprecia una mayor preponderancia de los impuestos al trabajo, junto con un descenso gradual a medida que aumenta el ingreso total del trabajador. Concretamente, de incidir un 33% sobre el ingreso total del caso 1, pasa a un 25,6% en el caso 4. Esta reducción se explica fundamentalmente por el tope fijado a aportes personales.

“El impuesto a las ganancias no tiene incidencia en los casos 1 y 2, impactando recién en los últimos dos. Pasa de un 4,8% del ingreso total en el caso 3 a un 10,5% en el caso 4. Es decir que si bien el caso 4 tributa 7,4 puntos porcentuales menos de su ingreso en materia de impuestos al trabajo que el caso 1, al tributar 10,5 puntos porcentuales más en materia de ganancias, termina con un monto total mayor de este grupo de impuestos”, explicó el IARAF.

Si bien los impuestos que cobran los tres niveles se vuelcan en general a servicios como seguridad, salud y educación, el organismo marca algunas cuestiones respecto a la estructura tributaria del país. En ese sentido, existen 155 impuestos distintos; por la alta evasión y la informalidad, el sector registrado de la economía soporta un gran peso; y los impuestos al trabajo son los que más carga tienen, de manera regresiva.

Si se cuenta solamente la carga tributaria sobre el sector formal, la Nación recauda el 86% de todos los impuestos; las provincias el 10%; y los municipios el 4%. Las cifras cambian con el efecto de la coparticipación, aunque la Nación sigue quedándose con más del 70%. (DIB)

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